La Resolución de 12 de nov. de 2012, de la Secretaría de Estado de Seguridad establece 14 especialidades que puedes ver en nuestra sección de…SERVICIOS.

 Pero además, desde www.evigilantedeseguridad.com consideramos que las autoridades se han dejado en el tintero, otros servicios que deberían disponer de una formación especifica, estos son:

Otros Servicios de Seguridad

Otros Servicios de Seguridad

Centrales de Conteo

Entidades Financieras

Operador de CCTV

La Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada en su art. 8 especifica que:

En los servicios de seguridad que se citan en el anexo IV de esta Orden, por ser necesaria. una mayor especialización del personal que los presta. Se requerirá una formación específica, ajustada a los requisitos que se recogen en dicho anexo, computable como horas lectivas a efectos de la formación permanente del art. 57 del RSP.

Como hemos dicho, las autoridades no ha tenido en cuenta estos servicios (bien diferenciados del resto), en sus planes de formación. O los han incluido en otros como el operador de CCTV. Este por si mismo y por sus particularidades técnicas y laborales, debería de tener una especialización propia, como mínimo.

En el caso de las Centrales de Conteo y las Entidades Financieras, entendemos que podrían fusionarse creándose la especialización de “Custodia de Fondos y Valores” a diferencia del Transporte de los mismos.

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