21 M: Día de la Seguridad Privada.

Desde su instauración en 2013, el 21 de mayo se celebra en España el Día Nacional de la Seguridad Privada. En un acto de reconocimiento a los empresarios y profesionales de este sector, el del Interior quiere destacar la labor de la seguridad y vigilancia en España como auxiliar y complementaria a los FFCCSE en  la tarea de proteger el ejercicio libre de derechos y libertades de los ciudadanos, tanto en el ámbito público como en el privado, y garantizar la seguridad ciudadana. 

La acción profesional de la seguridad privada se encuentra presente en todos los ámbitos, públicos y privados, de la vida cotidiana española, desde la protección domiciliaria hasta alcanzar la seguridad de las más importantes infraestructuras del país, convirtiéndose en instancia coadyuvante e indispensable para la prevención del delito y la protección de personas y bienes.

Según indica el texto de la Orden INT/704/2013 del 10 de abril,  BOE-2013-4539,

se ha logrado una aceptación por parte de la sociedad española de que la labor profesional de la Seguridad Privada en España es garantía de la seguridad común. Reconoce de esta forma la sociedad la profesionalidad del sector, valora positivamente su dedicación y considera a sus profesionales como personas en las que confiar.

Todas las entidades representativas del sector económico y social del ámbito de la seguridad privada participaron en el proceso y audiencia de la Orden, atendiéndose para su redacción definitiva a las observaciones y propuestas formuladas.

Esta celebración del Día Nacional de la Seguridad Privada declara como trascendental la labor desarrollada por el sector privado de seguridad e impulsa su divulgación como utilidad social en complemento de los cuerpos de seguridad públicos. La celebración pública de este día conlleva una serie de actos en los que se reconoce la labor de los casi 100000 profesionales de la seguridad privada en nuestro país y se hace entrega de reconocimientos y menciones honoríficas a los trabajadores que cooperan con las FFCCSE y contribuyen a una mejora constante de la seguridad ciudadana.

Menciones Honorificas Seguridad Privada

Las menciones honoríficas se encuentran reguladas en la Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, concretamente en el artículo 36 sobre el personal de seguridad privada. Este artículo dice que, el personal de seguridad privada que sobresalga en el cumplimiento de sus obligaciones, podrá ser distinguido con menciones honoríficas.

En el caso de vigilantes de seguridad y guardas particulares del campo y sus especialidades, se anotarán estas menciones en su cartilla profesional. También se le pueden conceder menciones a personas, físicas o jurídicas, relacionadas o vinculadas con el sector o actividades de la seguridad privada.

A la hora de conceder una mención honorífica, se tiene en cuenta la especial peligrosidad, penosidad, iniciativa profesional o trascendencia social llevada a cabo por el personal de seguridad privada. Por ello hay dos tipos.

Categoría A

Se otorga la mención honorífica de categoría A cuando:

  • El personal de seguridad privada resulta lesionado o ha corrido un grave riesgo su integridad física, con motivo u ocasión de la prestación de un servicio, en cumplimiento de sus deberes u obligaciones.
  • Haber evitado la comisión de delitos en relación con el objeto de su protección, con detención de los implicados, cuando suponga especial riesgo para su persona o grave dificultad en la realización.
  • Haber facilitado a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado información relevante que haya contribuido al esclarecimiento de delitos o que resulte importante para la seguridad del Estado o para el mantenimiento de la seguridad ciudadana.

Categoría B

La mención honorífica de categoría B se otorga cuando:

  • Se evita la comisión de delitos en relación con el objeto de su protección.
  • Actuaciones humanitarias con motivo de accidentes, siniestros o catástrofes que superen el estricto cumplimiento de sus deberes.
  • Cualquier otra actuación que, a juicio de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, sea acreedora a esta mención honorífica.

Sin perjuicio de que se puedan celebrar otras conmemoraciones en días distintos, atendiendo a la práctica de la celebración de este día en todas las CCAA, se estableció esta celebración de carácter anual para el día 21 de mayo.

¿Te has preguntado por que es el 21 de mayo?, descúbrelo…

21 M: Día de la Seguridad Privada.

 

 

Loading