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El Vigilante de Explosivos (VE), según el Art. 32.3 de la LSP  es aquel que empleado por una Empresa de Seguridad esta habilitado por el del Interior para cumplir las Siguientes funciones:

  • Protección del almacenamiento, transporte y demás procesos inherentes en relación con explosivos u otros objetos, o sustancias peligrosas que reglamentariamente se determinen.

Además de la habilitación de Vigilante de Seguridad, el aspirante a VE de superar los procesos selectivos para la habilitación correspondiente.

Para conocer los temas y superar los exámenes, sin problema…(Necesario registro VIP)

El vigilante de Explosivos

 

 Una vez el nombre del aspirante sea publicado en el BOE como apto. Se procederá a la solicitud de la TIP de VE  antes de los 3 meses. 

El vigilante de Explosivos
Tarjeta de Identidad Profesional


Una vez poseas la  TIP, puedes solicitar La Placa con un impreso que la misma unidad te proporciona. (placa oval fondo en blanco y membrete en rojo de 8cm ancho x 6cm alto)

El vigilante de Explosivos
Placa

Este tipo de servicio se realiza con arma (en los términos expuestos en el Art. 40 de la LSP), por lo que además deberá estar en posesión de la Lic. de armas Tipo C.

El vigilante de Explosivos
Licencia de Armas Tipo C

¿Cuáles son las Armas Reglamentarias del Vigilante de Explosivos?…(Ver Sección de Armamento)

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