Principios de actuación

1. LA ÉTICA (Principios de actuación)

Principios de actuación: La ética es la ciencia que recoge el conjunto de normas morales y principios de conducta que regulan todo comportamiento humano, catalogando de aceptable o recriminable.

La profesión del vigilante es un servicio al público , y ello implica que debemos tener en cuenta los derechos de los demás a la hora del cumplimiento de nuestras obligaciones.

DEBER (Principios de actuación)

Tendencia o impulso interno que busca la rectitud de una acción según un orden racional o una norma moral.

El deber lo podemos identificar con lo individual, personal y propio. El deber lo entiende cada cual a su manera.

OBLIGACIÓN (Principios de actuación)

Imposición o exigencia moral, generalmente de origen social, que prima sobre la voluntad libre de la persona.

La obligación se identifica con lo plural, lo social, lo referente al grupo.

Mediante las normas se rige la vida y costumbres de las personas , haciendo que la convivencia sea factible y llevadera. El cumplimiento del Código de la Circulación, hace que el conductor respete los semáforos y evitar que provoque accidentes.

El deber nunca aparece escrito , sin embargo , la obligación si aparece escrita y su incumplimiento es sancionado.

En este sentido el vigilante identificará la ética como el deber. Un comportamiento éticamente correcto será bueno para el y para los demás.

En el mismo sentido , identificaremos la obligación, con la profesionalidad, con la deontología del profesional.

DIFERENCIA ENTRE ÉTICA Y MORAL

La moral se refiere a un hecho real que encontramos en todas las sociedades, es un conjunto de normas que se transmite de generación en generación, evolucionan a lo largo del tiempo y poseen fuertes diferencias con respecto a las normas de otra sociedad y de otra época histórica. Estas
normas se utilizan para orientar la conducta de los integrantes de esa sociedad. La moral son normas incorporadas y asimiladas por la sociedad en general.

La ética se refiere a un hecho real que se da en la mentalidad de algunas personas, es un conjunto de normas, principios y razones que un sujeto ha realizado y establecido como una línea directriz de su propia conducta. La ética es la conducta seguida por el individuo, desde su interior.

2. ÉTICA Y ACTUACIÓN DEL PERSONAL DESEGURIDAD PRIVADA

Una conducta éticamente correcta es una magnífica vía para el logro de una buena imagen.
La ética profesional tiene como objeto crear conciencia de responsabilidad, en todos y cada uno e los que ejercen una profesión u oficio.

El Código Deontológico del personal de seguridad, al igual que hace respecto a los colectivos policiales, le obliga al respeto de la Constitución, la adecuación entre fines y medios, como criterio
orientativo de sus actuaciones, al respeto al honor y la dignidad de las personas, al secreto profesional y les exige la responsabilidad en el ejercicio de la función.

No olvidemos lo estipulado en el Art. 1.3 de la LSP: “ las actividades y servicios de seguridad privada se prestarán con absoluto respeto a la Constitución y con sujeción a los dispuesto en la presente Ley y en el resto del ordenamiento jurídico”.

La Orden INT/ 318/2011 de 1 de feb., sobre personal de la seguridad privada en la que se regula el ejercicio de las funciones del personal de seguridad privada , especialmente en materia de principios de actuación y de la colaboración de la seguridad pública , establece en su art. 31 que de conformidad con el apartado tercero del art. 1 de la LSP 5/2014/4 abr., y el artículo 67 de su Reglamento , son principios básicos de actuación del personal de seguridad privada los siguientes:

1- Legalidad y en consecuencia, en las actividades de seguridad e investigación privada sólo se emplearán medios y acciones conforme al ordenamiento jurídico vigente.

2- Integridad, cumpliendo diligentemente los deberes profesionales oponiéndose a todo acto de corrupción.

3- Dignidad, mediante el recto ejercicio de sus atribuciones legales.

4- Protección, que implica desarrollar efectivamente sus responsabilidades para conseguir los niveles de seguridad establecidos, sin permitirse ninguna forma de inhibición en su función de evitar hechos ilícitos o peligrosos.

5- Corrección, desarrollando una conducta profesional irreprochable, especialmente en el trato con los ciudadanos, evitando todo tipo de abuso, arbitrariedad o violencia.

6- Congruencia, por cuyo principio se aplicarán medidas de seguridad proporcionadas y adecuadas a los riesgos que se trata de proteger.

7- Proporcionalidad en el uso de las técnicas y medios de defensa de dotación.

8- Colaboración con las FFCCS, debiendo observar siempre las instrucciones policiales concretas sobre el objeto de su protección o investigación, en función de los medios de que disponga.

9- El personal de seguridad privada ejercerá la colaboración ciudadana comunicando a los cuerpos policiales competentes las informaciones relevantes para la seguridad ciudadana y la
prevención del delito que conozca.

10- El personal de seguridad privada guardará rigurosa reserva profesional sobre los hechos que conozca en el ejercicio de sus funciones, especialmente de las informaciones que reciba en materia de seguridad y de los datos de carácter personal que deba tratar, investigar o custodiar, y no podrá facilitar datos sobre dichos hechos mas que a las personas que les hayan contratado y a los órganos judiciales y policiales competentes para el ejercicio de sus funciones.

Volviendo a la Orden INT /318/ 2011 de 1 de Febrero sobre personal de seguridad privada establece en su Capítulo I, unos principios de actuación que hacen referencia a las actitudes del VS que son las siguientes:

– ACTITUDES Y CUALIDADES PERSONALES

Para que el VS realice eficazmente sus funciones se requiere no solo unos conocimientos teóricos y unas destrezas en el manejo de los medios de que dispone, sino además unas actitudes y cualidades personales que estando presentes en su actividad diaria, produzcan y garanticen esa ” buena imagen”.

– CAPACIDAD DE DECISIÓN

El VS ante cualquier situación conflictiva, debe tener como objetivo resolverla adecuadamente y en el mínimo tiempo posible.

La decisión es individual y libre, lo criticable es no asumir la responsabilidad inherente a la toma de la decisión.

En los cursos de formación se adiestra a los futuros vigilantes en el manejo, desmontaje y montaje de las armas de fuego , lo que no se enseña es cuando debe empuñarse el arma, pues esto corresponde a la casuística del momento.

– CAPACIDAD DE PERSUASIÓN

Debe tratar de convencer a las personas mediante la comunicación y no mediante la imposición, restringiendo el uso de la fuerza a aquellas situaciones que , en último extremo realmente lo requieran.

A continuación vamos a exponer algunas condiciones que nos ayudarán a ser más persuasivos:

– Fiabilidad ( imagen personal)
– Ser consecuente con el predicado
– Legalidad( no mentir)
– Autoridad
– Don de gentes y diplomacia
– Saber escuchar

– PRECAUCIÓN EN TODOS SUS ACTOS Y PREVENCIÓN ANTE LOS DEMÁS

– AUTOCONTROL ANTE DETERMINADAS CONDUCTAS

Para resulta imprescindible poseer los conocimientos mínimos sobre la estructura de la personalidad humana y conocer en concreto los rasgos básicos de nuestro temperamento.

– ACTITUD DE DISCRECIÓN Y SECRETO

  • Actitud discreta con toda aquella información que sea relevante.

– ACTITUD CORRECTA EN LA COMUNICACIÓN CON LAS PERSONAS

No deberán emplearse frases o expresiones malsonantes que causen una mala impresión social, y deterioren su buena imagen. Una de las garantías de que disponemos para la transmisión de una buena imagen es el empleo de técnicas de comunicación adecuadas a las situaciones y las personas.

– ASPECTO PERSONAL SIEMPRE CUIDADO

3. CÓDIGO DE ÉTICA PROFESIONAL

Actualmente el poder de disuasión no sólo se confía al uniforme, sino que también depende de la persona que lo viste, por lo que debe mantener siempre una serie de conductas que se pueden englobar en un Código de Ética Profesional.

EL Código de Ética Profesional es la guía de la conducta de un vigilante en el ejercicio de sus funciones. Son los siguientes:

1. Respeto al ordenamiento jurídico

Ejercerá su función con absoluto respeto a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico.

Colaborará con las FFCCS y les auxiliará en los términos establecidos en la ley

Cumplirá ejemplarmente los deberes generales de todo ciudadano.

2.Defensa de los derechos humanos

Respetará y protegerá la dignidad humana, así como mantendrá y defenderá los derechos humanos de todas las personas.

Impedirá, en el ejercicio de su actuación, cualquier práctica abusiva, arbitraria o discriminatoria que entrañe violencia física o moral.

3. Empleo racional de la fuerza

El VS podrá usar la fuerza sólo cuando sea estrictamente necesario y en la medida que lo requiera el desempeño de sus tareas. Actuará con la necesario decisión, sujetándose al empleo de los medios de disuasión y defensa proporcionados para cumplir sus cometidos y evitar el daño a las personas y a los bienes.

4. Secreto Profesional

Las cuestiones de carácter confidencial que lleguen a su conocimiento se mantendrán en secreto, a menos que las necesidades de la

Administración de Justicia exijan estrictamente lo contrario.

5. Trato correcto al detenido

Velará por la vida e integridad física de las personas a quienes detenga o ponga bajo custodia, respetando el honor y la dignidad de éstas.

Velará por la vida e integridad física de las personas a quienes detenga o ponga bajo custodia, respetando el honor y la dignidad de éstas.

Dará cumplimiento y observará, con la debida diligencia, lo que la Ley y el RSP respecto a su entrega inmediata a las FFCCS.

6.Integridad e imparcialidad

Supone abstenerse de todo acto de corrupción y a la actuación imparcial , sin discriminación alguna por razón de raza, sexo , religión u opinión.

7.Jerarquía y Subordinación

El VS ejecutará las órdenes recibidas de su superior jerárquico de forma consecuente, profesional y responsable.

Los VS responsables de equipo, deben preocuparse del estado anímico de sus subordinados, impartir órdenes lógicas y realizables, reconocer el trabajo bien hecho y preocuparse del nivel de formación profesional de las personas a su cargo.

8.Responsabilidad personal

El VS es responsable de todos sus actos ante la autoridad judicial y ante el del Interior.

9.Dedicación

El VS llevará a cabo sus funciones con total dedicación, debiendo intervenir siempre en defensa de las personas y los bienes, guardar el orden y hacer cumplir la Ley.

Se esforzará por adquirir la formación más completa para el ejercicio de su profesión.

10.Trato correcto al Público

El VS observará siempre un trato correcto hacia las personas a quienes procurará auxiliar y proteger dentro de sus atribuciones.

4. DEONTOLOGÍA PROFESIONAL

El término DEONTOLOGÍA es la ciencia y tratado de los deberes.

Los actos humanos pueden ser dirigidos desde dos fuentes distintas, la razón y las emociones.

Cuando nos guiamos por la razón , ésta enjuicia y analiza los aspectos a tener en cuenta al tomar una decisión, mientras si actuamos guiados por las emociones , éstas pueden llegar a anular la razón y dar sentidos diferentes a las decisiones tomadas por la persona.

La DEONTOLOGÍA no sólo es el tratado de los deberes, sino la ciencia que estudia la relación entre la razón y las emociones, para que el comportamiento humano sea moralmente justo. No existe la neutralidad en la actuación profesional.

La profesión del VS es de servicio a otros, desempeñada para proteger la vida o propiedades de otras personas que contratan estos servicios, este servicio tiene un fondo de utilidad social, cuya finalidad es conseguir un bien común.

El concepto PROFESIONAL es la profesión y comprende dos aspectos:

– LA COMPETENCIA PROFESIONAL es el conjunto de conocimientos jurídicos y técnicos necesarios para prestar un eficaz servicio de seguridad.

– LA INTEGRIDAD MORAL es la capacidad de la persona de darse cuenta de la importancia de las actitudes, modos de actuar, responsabilidad, sentido del deber, etc.

Por tanto, la DEONTOLOGIA PROFESIONAL, es la que se ocupa de los deberes de las distintas profesiones, de cuales son los límites de la actuación de los profesionales y de los principios de conducta que deben regir toda actuación profesional.

La deontología referente a cada profesión se denomina CÓDIGO DEONTOLÓGICO.

Tanto si desatendemos la ética y nuestras obligaciones profesionales, es seguro que tomaremos una decisión equivocada.

 

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