Servicios de Formación

La Formación es uno de los aspectos más importantes en el planteamiento y desarrollo de los servicios de seguridad. Se diseña con la finalidad de proporcionar al personal en plantilla de las empresas de seguridad, Jefes y Directores de Seguridad en las empresas y organizaciones. Los conocimientos técnicos y operativos precisos para el cumplimiento de sus cometidos dentro de su entidad. Este proceso formativo no debe ser puntual ni circunstancial. Sino que debe seguir un plan continuado de actualización y reciclaje que permita aumentar el nivel de conocimientos del personal. Y, por ende, la calidad y el nivel de seguridad.

Aspectos reglamentarios

La formación en seguridad solamente se encuentra reglada para el personal de seguridad privada, es decir, Directores y Jefes de Seguridad, Vigilantes de Seguridad y Escoltas Privados que trabajen en empresas de seguridad, Guardas Particulares del Campo y Detectives Privados. En cambio, el resto de funciones y especialidades de nivel técnico tales como las de programadores, instaladores, operadores de equipos y sistemas, etc., no se encuentra recogido en ninguna legislación actual, por lo que su formación y capacitación se lleva a cabo mediante cursos específicos para cada una de las especialidades.

Para la formación del personal de seguridad privada, el RSP, la O. 7 de jul. de 1995 del de Justicia e Interior y la Resolución de 19 de enero de 1996 de la SES, establecen los siguientes criterios reglamentarios:

  • Módulos profesionales generales de formación de los VS y de los guardas particulares del campo.
  • Módulos específicos de escoltas privados y VE.
  • Materias que han de desarrollarse en los cursos de detectives privados.
  • Programa al que han de ajustarse las pruebas de aptitud técnico-profesional que deben superar los auxiliares de detective privado.
  • Para los directores y jefes de seguridad abarca, además de una experiencia de al menos cinco años desempeñando puestos o funciones de seguridad, pública o privada. Y superar unas pruebas de conocimiento en las que no se especifica más que las áreas generales.

Servicios

Los servicios de formación se deberán impartir en todos los escalones jerárquicos y de organización de la empresa:

  • Dirección.
  • Personal ejecutivo.
  • Mandos intermedios.
  • Personal técnico.
  • Personal operativo.

Análisis y consideraciones

Finalmente la formación del personal no debe limitarse a la impartición de cursos básicos internos o externos por parte de la propia empresa y CFSP debidamente autorizados. Sino que requiere de la participación en áreas de especialización en cursos, seminarios, jornadas técnicas, etcétera.

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