Uno de los medios de protección de los VS y cualquiera de sus especialidades (Escolta Privado, VE, Guarda Rural…) es su armamento reglamentario, que solo podrán portar durante su jornada laboral y en los casos autorizados según la legislación vigente.
Antes de empezar con las armas reglamentarias es necesario conocer :
Las Normas de Seguridad que se deben emplear a la hora de usar Armas de Fuego y el Principio de Proporcionalidad en su uso.
Para portar su arma reglamentaria, el personal de seguridad privada deben estar en posesión de la Lic. de Armas Tipo C acompañada de la Guía de pertenecía (Ficha técnica del arma expedida por la Comandancia de Intervención de Armas de la Guardia Civil) del Arma que se porta.
Además deberá superar periódicamente (cada 6 meses), los Ejercicios de Tiro correspondientes a cada categoría. En caso de no superarlos se le retirará la licencia y no podrá desarrollar servicios con arma…

Para superarlos sin problema, estudiaremos la Teoría del Tiro la Munición y Cartuchería y la Balística (estudio de las fuerzas, trayectorias, rotaciones y comportamientos diversos de sus proyectiles).
Teoría
El RD 2364/ 1994, de 9 de Diciembre RSP, establece en su Art. nº 81 los servicios en los que un VS puede portar un arma.
Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, establece en su Art. nº 19 que las Armas Reglamentarias son…
EL REVOLVER CALIBRE 38 ESPECIAL DE 4″ y su dotación de 25 cartuchos (FUNCIONAMIENTO)
Para conocer el nombre de sus partes y mecanismos…
PARA TRANSPORTE DE FONDOS Y VIGILANTES DE EXPLOSIVOS (Además del Revolver)
ESCOPETA DE EMBOLO 12/70 y su dotación 50 cartuchos de postas del 12. (FUNCIONAMIENTO)
Para conocer el nombre de sus partes y funcionamiento…
CARABINA DE REPETICIÓN POR CERROJO, CALIBRE 22 y 9 MM PARABELLUM (FUNCIONAMIENTO)
Para conocer el nombre de sus partes y mecanismos…
El RD 2364/ 1994, de 9 de Diciembre RSP. Establece en su Art. nº 90 en que circunstancias puede el Escolta Privado hacer uso y portar su arma reglamentaria.
Orden INT/318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada, establece en su Art. nº 27 que las Armas Reglamentarias…
PISTOLA SEMIAUTOMATICA 9MM y su dotación de 27 Cartuchos (FUNCIONAMIENTO)
Para conocer el nombre de sus partes y mecanismos…
PARA PROTECCIÓN DE BUQUES EN AGUAS INTERNACIONALES
Según RSP, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre.
Art. 81. Prestación de servicios con armas y art. 86. Arma de fuego y medios de defensa.
y Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993, de 29 de enero.
Art. 6. Armas de Guerra y art 124. Licencias tipo C.
Se autoriza tenencia, control, utilización y, en su caso, adquisición por parte de las empresas de seguridad privada, de armas de guerra, así como las características de estas últimas…
FUSIL DE ASALTO Heckler & Koch (HK) G36 (FUNCIONAMIENTO)
Ametralladora MG 42 (FUNCIONAMIENTO)
Y por ultimo, para asegurar su correcto funcionamiento es necesario seguir unas pautas de Limpieza y mantenimiento de las Armas. Además, las armas de fuego son igual de peligrosas cuando no hacemos uso de ellas, por eso es esencial procurar un lugar seguro para guardarlas, para eso estudiaremos la Custodia de Armas.
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