Las operaciones de conservación y Mantenimiento de Sistemas de Seguridad son servicios imprescindibles que deben ofrecer las empresas de seguridad, sobre todo las de suministro y/o instalación de equipos y sistemas de seguridad, ya sean pasivos/físicos o activos/electrónicos y correspondientes a la protección y prevención contra actos antisociales y/o contra incendios.

El mantenimiento de sistemas de seguridad no presenta grandes diferencias, en su esquema general de actuación, sobre los existentes en otras actividades o instalaciones de carácter muy similar, como es el mantenimiento de sistemas físicos, mecánicos y electrónicos.

No obstante, el nivel de responsabilidad que estos sistemas llevan implícitos, sí marcan de forma importante la necesidad de ser especialmente minuciosos en el planteamiento y ejecución de los diferentes tipos de mantenimiento:

  • Mantenimiento preventivo.
  • Mantenimiento predictivo.
  • Mantenimiento correctivo.

Mantenimiento preventivo

Se trata de la realización, como medida de prevención, de los trabajos de conservación de los sistemas en correcto funcionamiento mediante la ejecución de las labores de limpieza, ajuste, engrase, revisión general, etc., que a cada equipo o sistema corresponda y con la periodicidad establecida para cada caso y circunstancia.

Mantenimiento predictivo

Este tipo de actuación está encaminada a obtener, con el tiempo suficiente para su sustitución o reparación, un informe de la situación real o vida útil de todos y cada uno de los equipos que integran un sistema de seguridad, con el fin de no esperar a su avería con el consiguiente problema y las consecuencias que ello pudiera ocasionar.

Mantenimiento correctivo

Como indica su nombre se trata de trabajos de corrección que han de realizarse por avería o rotura de los equipos y que requerirá una intervención en el menor tiempo posible (especificado en contrato) para restablecer la situación de correcto funcionamiento de la instalación de seguridad.

Aspectos reglamentarios

Hemos de diferenciar los contenidos en las áreas de actividad sectoriales siguientes:

  • El Reglamento de Seguridad Privada: para equipos y sistemas de prevención y protección contra riesgos derivados de las actividades
  • El Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios: para los aparatos, equipos y sistemas empleados en la prevención y protección de riesgos contra

Reglamento de Seguridad Privada

El RSP establece que únicamente podrán realizar las operaciones de instalación y mantenimiento de sistemas de protección electrónica contra actos antisociales y contra incendios las empresas autorizadas, no necesitando estar inscritas en la DGP cuando se dediquen sólo a la prevención de la seguridad contra incendios.

El RSP regula, bajo un mismo epígrafe, el servicio y actividad de “Instalación y Mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad”.

Otros aspectos reglamentarios regulados en el RSP son:

  • Sobre la obligatoriedad de que figure en los dispositivos exteriores (cajas de avisadores acústicos u ópticos), el nombre de la empresa que realiza el mantenimiento del sistema de seguridad.
  • Sobre el mantenimiento preventivo en la instalación de medidas de seguridad obligatorias o cuando se conecten a CRA.
  • Sobre los libros-registro de revisiones que tienen que llevar las empresas de seguridad dedicadas a esta actividad y por los titulares de las instalaciones.
  • Sobre el servicio técnico del que deberán disponer las empresas que realicen el mantenimiento, para atender las averías en los sistemas de seguridad.
  • Sobre el manual de mantenimiento del sistema de seguridad que las empresas facilitarán al usuario.

Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios

El RIPCI establece que el mantenimiento y reparación de aparatos, equipos y sistemas y sus componen- tes, empleados en la prevención y protección contra incendios, se realizará por mantenedores debidamente autorizados por los servicios competentes en materia de Industria de la Comunidad Autónoma correspondiente.

Otros aspectos contemplados en el RIPCI. son:

  • Sobre el procedimiento de inscripción en el registro de mantenedores de la CCAA.
  • Sobre la validez, por tres años, de las inscripciones.
  • Sobre las obligaciones que adquieren los mantenedores autorizados en relación con los aparatos, equipos o sistemas cuyo mantenimiento o reparación les sea encomendado.
  • Sobre la posibilidad de que el propio usuario realice los trabajos de mantenimiento de sus aparatos, equipos o sistemas de protección.
  • Sobre las revisiones de conservación a las que se someterán los equipos y sistemas:
    • Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios.
    • Sistema manual de alarma de incendios.
    • Extintores de incendios.
    • Bocas de incendio equipadas.
    • Columnas secas.
    • Sistemas fijos de extinción.

Estos equipos y sistemas se revisarán mediante un programa de mantenimiento definido, con indicación de los componentes a revisar cada 3 meses, cada 6 meses, cada año y cada 5 años, según la reglamentación vigente.

Servicios

La atención creciente que se presta al mantenimiento de los sistemas de seguridad está explicada por la complejidad técnica de los equipos utilizados en las instalaciones y la criticidad de las funciones que dichos equipos realizan. La atención “puntual” que requieren el diseño.

La compra y la instalación de un sistema, se convierte en atención “constante” cuando el sistema entra en funcionamiento y ha de cumplir las funciones y proporcionar las prestaciones para las que fue implantado.

Los factores más destacados que inciden negativamente en los sistemas de seguridad son:

  • El envejecimiento de los equipos.
  • Los cambios del entorno de la instalación.
  • El uso indebido o malintencionado.

Factores que provocan en los equipos una menor capacidad de actuación y mayor número de “falsas alarmas” o “alarmas no deseadas”.

Para evitarlos, se tiene que realizar un mantenimiento adecuado cuyos objetivos fundamentales son:

  • Lograr que el sistema proporcione una gran fiabilidad y correcto funcionamiento en situación de “alarma real” (manteniendo una alta capacidad de actuación).
  • Reducir al mínimo las “falsas alarmas”, que pueden estar causadas por fallos de los equipos o variaciones en el entorno que producen situaciones similares a las de una “alarma real”.

Organización del servicio

La organización del servicio se realizará mediante la adecuada estructuración y organización de los planes de mantenimiento preventivo, correctivo y predictivo. Tomando como base para su establecimiento:

  • Las instrucciones de conservación y mantenimiento de los equipos Recomendaciones del fabricante.
  • Los manuales de mantenimiento que facilitarán las empresas instaladoras.
  • Los programas de mantenimiento reglamentados (RIPCI, para los equipos de protección contra incendios, en su apéndice 2).

Operativa

Para establecer el manual de procedimientos, los criterios mínimos de actuación serán los siguientes:

Sobre la documentación técnica

    • Una vez instalado el sistema de seguridad, la empresa instaladora debe proporcionar al usuario la “documentación final de la obra”, en la que figuren la descripción del sistema, los planos de situación de los equipos, la información de sus características técnicas, los esquemas de cableado y conexionados, los manuales de operación del sistema y manual de mantenimiento.
    • Asimismo, el instalador del sistema debe entregar al usuario el manual del usuario, al menos en lo que concierne a la unidad de control de alarmas y a los equipos especiales, donde se recoja la forma adecuada de utilizar los equipo.
    • Certificado de garantía. Una vez que el sistema ha sido puesto en funcionamiento, el usuario dispondrá de un tiempo de garantía que cubra todos los equipos contra fallos de origen o de instalación, que se complementará con asistencia técnica por la empresa
    • Reglas de uso y funcionamiento a confeccionar por el usuario para adiestrar a los empleados en las medidas de seguridad, estableciendo reglas sobre su uso y funcionamiento, familiarizándoles a la vez con las prestaciones que pueden obtener de
  • Sobre el servicio de mantenimiento.

    • El contrato de mantenimiento contemplará normalmente el servicio de mantenimiento o revisiones preventivas, y el servicio de asistencia técnica para responder a las averías o fallos del sistema, es decir, al mantenimiento correctivo.
    • El mantenimiento preventivo incluirá las revisiones trimestrales y semestrales de las instalaciones y equipos de seguridad. Así como la realización de las correspondientes comprobaciones para el correcto funcionamiento del sistemas.
    • El mantenimiento correctivo incluirá la asistencia técnica en caso de avisos del usuario, y las reparaciones y restituciones necesarias para el correcto funcionamiento del sistema.
    • La asistencia técnica por averías o fallos debe realizarse dentro de las 24 horas de la recepción de la llamada.
    • Debe establecerse un procedimiento adecuado para la transmisión y atención de avisos en sábados, domingos y días festivos.
  • Adecuada elección de la empresa.

Es importante la correcta selección y elección de la empresa para que lleve a cabo el mantenimiento de las instalaciones en función de las inscripciones y autorizaciones reglamentarias, de su infraestructura de medios técnicos y humanos, de su cobertura geográfica, etcétera.

 

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