3. Porte y depósito del arma de fuego.

Art. 40. Ley 5/2014 Servicios con armas de fuego:
La Ley de Seguridad Privada establece los supuestos legalmente autorizados para la prestación de servicios con armas de fuego:
- Vigilancia y protección de fábricas y depósitos, transporte de armas y explosivos.
- Vigilancia y protección de instalaciones vulnerables o con riesgo específico.
Estos servicios solo pueden prestarse con armas de fuego en los términos que se determinen reglamentariamente.
Esto significa que no todos los servicios de seguridad privada implican uso o porte de armas, y solo los contemplados explícitamente y según desarrollo reglamentario habilitado.
Realmente el Articulo 40 regula servicios armados generales, no categorías profesionales.
El escolta es una categoría funcional, con regulación específica en otro artículo (art. 49).
Para conocer el arma reglamentaria del escolta y las condiciones de uso hay que mremitirse al:
Art. 90 del Reglamento de Seguridad Privada
Este artículo contiene las reglas básicas de uso, porte y depósito del arma para escoltas:
Determinación del arma reglamentaria:
El arma que deben portar los escoltas privados se determina por la normativa del Ministerio del Interior.Porte con discreción y proporcionalidad:
Los escoltas deben portar el arma con discreción, sin ostentación, y solo podrán usarla en caso de agresión contra la vida, integridad física o libertad, atendiendo a criterios de proporcionalidad.Restricción temporal del porte:
El arma solo puede portarse durante el ejercicio efectivo de las funciones profesionales. Finalizado el servicio, el arma debe ser depositada.Depósito del arma tras servicio:
En el armero de la empresa de seguridad a la que pertenece el escolta.
En el armero del lugar de trabajo o de la residencia de la persona protegida.
Si termina el servicio fuera de la localidad de la sede, podrá depositarse en el armero de la delegación, si existe.
En ausencia de lo anterior, el arma puede quedar bajo custodia del escolta con autorización del jefe de seguridad de la empresa.
Ejercicios obligatorios de tiro:
Los escoltas privados deben realizar ejercicios de tiro obligatorios (mínimo trimestral), y estos ejercicios se rigen por las mismas reglas que los vigilantes de seguridad, incluyendo número de disparos y mantenimiento del arma.
Estas reglas aseguran que el uso y la portación del arma quedan circunscritos de forma estricta a los servicios para los que han sido habilitados y regulan de forma pormenorizada cómo y dónde se debe depositar el arma cada día de trabajo.
Art. 27 Orden INT/318/2011, de 1 de febrero
Esta orden desarrolla aspectos sobre personal de seguridad privada y establece de forma expresa cuál es el arma reglamentaria de los escoltas privados:
El arma reglamentaria de los escoltas privados será la pistola semiautomática del calibre 9 mm Parabellum.
Reglas Técnicas sobre Porte y Uso Durante el Servicio
a) Porte
El escolta solo puede portar el arma durante el servicio.
Debe hacerlo con discreción, sin ostentación, y en todo momento bajo los criterios de proporcionalidad legal cuando deba emplearla.
Este principio responde a una doble finalidad:
Evitar confusión pública con fuerzas de seguridad del Estado.
Limitar estrictamente el uso de armas a situaciones que justifiquen legítima defensa o protección real.
b) Depósito al finalizar el servicio
El fin de cada servicio implica la inmediata devolución del arma a las instalaciones de la empresa o lugar autorizado.
El escolta no puede permanecer con el arma sin autorización expresa fuera del servicio habitual.
Custodia y Depósito: Obligaciones de la Empresa y del Escolta
a) Armeros e instalaciones
Las empresas de seguridad deben contar con instalaciones adecuadas (armeros) para el depósito seguro de armas fuera de servicio.
La Guardia Civil supervisa las instalaciones conforme a la normativa de armas.
b) Responsabilidad compartida
La responsabilidad por el arma no termina con el depósito: la empresa debe mantener registros, control y mantenimiento, y el escolta debe cumplir con los procedimientos de entrega según las instrucciones de la empresa.
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